Concesión de Francos Compensatorios. Normas. DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

Concesión de Francos Compensatorios. Normas.


DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

Resolución Nº 319/1976 Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa el 3 de Septiembre de 1976.
ARTICULO 1º.- Determínase que, a partir del día 1 de septiembre de 1976, todos los francos compensatorios que deban concederse a empleados municipales que hubieren prestado servicios, fuera de su horario habitual, deben solicitarse al mes siguiente de cumplidas las horas extras por parte del agente, caso contrario el mismo perderá indefectiblemente su derecho al beneficio.
ARTICULO 2º.- Los Jefes de Sección y/o de Areas, podrán solicitar – como caso de excepción – la prórroga para el mes siguiente, en caso que el empleado a su cargo que se encuentre encuadrado en el artículo anterior, no pueda por razones urgentes o impostergables de servicios, hacer uso del beneficio.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, regístrese y pase a la División Legajos a fin de que en la manera que estime conveniente, se notifique a los Jefes de Sección y/o de Areas.
Luis César CAMILETTI Luis Cesar ARAMBURU
Secretario de Gobierno, Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social

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